Reflexión 140 junio 18 de 2009

Compendio de la D.S.I. N° 87

 

El Magisterio y la  Doctrina Social de la Iglesia

 

 

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No poseemos todavía la verdad completa

 

En nuestro estudio seguimos el Compendio de la D.S.I., un libro preparado por el Pontificio Consejo Justicia y Paz, por encargo de  Juan Pablo II.

En las reflexiones anteriores hemos visto ya lo suficiente sobre la necesidad de llevar el Evangelio de manera adaptada a las circunstancias de hoy. Comprendimos que las necesidades de nuestra sociedad de hoy no se satisfacen cambiando la doctrina, sino el modo de presentarla. Además, como no poseemos todavía la verdad completa, no conocemos toda la riqueza del Evangelio, de donde es posible sacar respuestas nuevas y antiguas, para las dificultades nuevas y para las dificultades de siempre…

Recordemos que la doctrina social de la Iglesia tiene su origen en  la consideración de los problemas del hombre en la sociedad, a la luz del Evangelio y de la tradición. De la reflexión sobre el hombre y sus problemas en la sociedad, a la luz del Evangelio, obtenemos los criterios que nos señalan cómo vivir en sociedad, de acuerdo con nuestra fe, de acuerdo con el Evangelio. Nuestra conciencia social se forma a la luz de esos criterios, emanados de la Escritura.

Tengamos presente que nosotros somos sólo discípulos; el papel de maestros lo dejó el Señor a los Apóstoles y a sus sucesores, guiados por Pedro. Ellos recibieron el Espíritu Santo que los acompaña siempre, a lo largo del camino. Los laicos tenemos parte también en la divulgación del Evangelio, guiados siempre por el Magisterio de la Iglesia, no como ruedas sueltas. Así, con las enseñanzas de esos maestros, asistidos por el Espíritu Santo, se ha ido desarrollando la comprensión de la predicación de Jesús que nos quedó en la Sagrada Escritura. Veamos cómo sucede esto, en particular con la D.S.I.

 

Un rostro de servicio, de misericordia, de amor sin límites

 

Nos dice el N° 87 del Compendio, que la doctrina social, a partir de la encíclica «Rerum novarum»[1] de León XIII, se ha desarrollado en la Iglesia a través del Magisterio de los Romanos Pontífices y de los Obispos en comunión con ellos.

Dice también, bellamente, el Compendio, que en el desarrollo de esa doctrina, la Iglesia se ha ido reconociendo progresivamente. ¿Qué quiere decir? En el desarrollo de la Doctrina Social la Iglesia va profundizando en ese riquísimo tesoro escondido que es el Evangelio y así, va descubriendo a Jesucristo, su rostro, que es de  servicio, de misericordia, de amor sin límites. Es ese el rostro que podemos esperar aparezca siempre en las enseñanzas de la Iglesia y en particular en su doctrina social.

No es aceptable una enseñanza que no refleje a Jesucristo

 

Es perfectamente legítimo esperar que en la doctrina que la Iglesia nos presente se tenga que reconocer a sí misma; es decir, en esa doctrina se tiene que reconocer el rostro de  Jesucristo, y esto no se puede conseguir sino siendo fieles al Evangelio. No es aceptable una enseñanza en la que no se refleje a Jesucristo.

La Iglesia está haciendo un esfuerzo grande para llevar la fe de  manera nueva, a los fieles de todo el mundo, utilizando los más modernos medios de comunicación y de manera que responda a sus necesidades espirituales. Como el mensaje que transmitimos con nuestra palabra y con nuestra vida  tiene que ser el mensaje genuino del Evangelio, es muy importante la orientación del Magisterio para que no demos pasos en falso en materia de doctrina.

Por eso es conveniente que, así sea brevemente, repasemos  en qué consiste el Magisterio de la Iglesia, responsable del desarrollo de la doctrina social.[2]

 

Los Obispos, maestros auténticos

El documento fundamental del Concilio Vaticano II, la constitución dogmática Lumen Gentium (Cristo luz de los pueblos), que desarrolla la doctrina sobre la Iglesia,  en el N° 25 trata sobre el oficio de enseñar de los Obispos, del cual dice que la predicación del Evangelio es uno de los principales. Añade que los obispos

son los maestros auténticos, o sea los que están dotados de la autoridad de Cristo, que predican al pueblo que les ha sido encomendado la fe que ha de ser creída y ha de ser aplicada a la vida, y la ilustran bajo la luz del Espíritu Santo, extrayendo del tesoro de la Revelación cosas nuevas y viejas (Mt 13,52).

Aclaremos primero algunos términos. Se habla en la Iglesia de un Magisterio extraordinario y de un Magisterio ordinario.

El Magisterio extraordinario

 

Empecemos por entender a qué se llama Magisterio extraordinario. El Magisterio extraordinario es el que ejerce el Papa cuando habla ex cáthedra. Esa expresión significa “desde la cátedra”, de San Pedro. El Magisterio extraordinario lo utiliza el Santo Padre en pocas ocasiones, como cuando define de manera solemne, como verdad revelada por Dios, una cuestión concerniente a la fe y a la moral.

Una declaración ex catedra del Sumo Pontífice, tiene carácter  vinculante, es decir de obligada aceptación por todos los católicos. El Papa se pronuncia, en esas circunstancias, con su plena autoridad apostólica como pastor y maestro de toda la Iglesia. Las declaraciones ex cathedra las hace el Sumo Pontífice o un Concilio, presidido por él, con fórmulas breves y precisas, que permiten a la Iglesia Universal tener claridad sobre la verdad que se afirma y que exige un asentimiento absoluto.

 

Declaración del dogma de la Asunción de María Santísima

 

Para que comprendamos la solemnidad de una declaración ex cátedra, leamos la fórmula con la que Pío XII declaró el dogma de la Asunción de María en cuerpo y alma al cielo, el 1 de noviembre de 1950, mediante la constitución apostólica Munificentissimus Deus, que podríamos traducir Dios munificientísimo o Dios generosísimo. Antes de la fórmula, el Santo Padre expuso los argumentos sobre los que basó su declaración. La fórmula solemne dice:

Después de elevar a Dios muchas y reiteradas preces y de invocar la luz del Espíritu de la Verdad, para gloria de Dios omnipotente, que otorgó a la Virgen María su peculiar benevolencia; para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte; para aumentar la gloria de la misma augusta Madre y para gozo y alegría de toda la Iglesia, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y con la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma divinamente revelado que La Inmaculada Madre de Dios y siempre Virgen María, terminado el curso de su vida terrenal, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria del cielo”

  45. Por eso, si alguno, lo que Dios no quiera, osase negar o poner en duda voluntariamente lo que por Nos ha sido definido, sepa que ha caído de la fe divina y católica.[3]

Así, con solemnidad, enseña el Papa que una doctrina es revelada por Dios y por eso debemos creerla y de manera parecida cuando se trata de condenar un error como contrario a la fe. El N° 45, arriba citado nos sirve de ejemplo. Es importante tener claro, que son muy pocas las veces en que el Papa se pronuncia ex cathedra.[4] No siempre que el Papa se dirige a la Iglesia se pronuncia ex cathedra.

Se puede repasar más a fondo esta doctrina acerca del Magisterio, en particular la doctrina sobre el Magisterio del Sumo Pontífice y de los obispos, en el Catecismo de la Iglesia Católica, desde el N° 880, donde trata sobre el colegio espiscopal y su cabeza, el Papa, y de los N° 888 a 892 sobre la misión de enseñar.

 

La infalibilidad prometida a la Iglesia

 

Sobre la infalibilidad de que el Señor ha dotado a la Iglesia, para que el Pueblo de Dios permanezca en la verdad, dice el Catecismo en el N° 891 

“La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo episcopal / cuando ejerce el magisterio supremo con el sucesor de Pedro, sobre todo en un concilio ecuménico. Cuando la Iglesia propone por medio de su Magisterio supremo / que algo se debe aceptar “como revelado por Dios para ser creído” y como enseñanza de Cristo, “hay que aceptar sus definiciones con la obediencia de la fe.”

Este rápido repaso sobre el Magisterio extraordinario es suficiente  para comprender el papel del Papa y de los obispos en el desarrollo de la D.S.I.

El magisterio ordinario

Decíamos que existe  también un magisterio normal, ordinario, que no tiene la solemnidad del Magisterio extraordinario y que el Catecismo explica en el N° 892:

Nos dice que la asistencia divina es también concedida a los sucesores de los apóstoles, y al Sumo Pontífice, de manera   particular, cuando los obispos enseñan en comunión con el sucesor de Pedro, aunque no tengan la intención de llegar a una definición infalible y no se pronuncien de una “manera definitiva”. De manera que el Papa y los obispos en comunión con él, gozan de la guía del Espíritu Santo cuando

proponen, en el ejercicio del magisterio ordinario, una enseñanza que conduce a una mejor inteligencia de la Revelación en materia de fe y de costumbres. A esta enseñanza ordinaria, los fieles deben “adherirse…con espíritu de obediencia religiosa” (LG 25) que, aunque distinto del asentimiento de la fe, es una prolongación de él.

Sobre este Magisterio ordinario se pronunció el Concilio Vaticano II en la constitución dogmática Lumen gentium en el N° 25. Ese N° 25, del que leímos una parte, lo cita también el Catecismo en el N° 892 del que tomamos la anterior explicación.

Tengamos presente, entonces, que cuando el Papa y los Obispos cumplen con su función de enseñar, aunque no pretendan pronunciarse con declaraciones definitivas, – ex cathedra, – sin embargo, los fieles debemos adherir a esas enseñanzas con espíritu de obediencia religiosa, como dice la constitución Lumen gentium.

Obediencia religiosa

Nos podemos preguntar qué significa adherir a una doctrina con obediencia religiosa.  En la Iglesia, toda autoridad proviene de Cristo y debe ser ejercida bajo la guía del Espíritu Santo como un servicio, no como una aserción de poder.[5] El Concilio Vaticano II, en la Constitución Lumen Gentium, que hemos citado,  dice que en materia de fe y costumbres, los fieles debemos aceptar el juicio de nuestro Obispo, dado en nombre de Cristo, y debemos adherir a él con religioso respeto. (25) Cuando el Papa y los obispos en comunión con él, definen una verdad como revelada, ya hemos visto que les debemos aceptación completa, de fe. En los demás casos, la aceptación de sus pronunciamientos depende del grado de autoridad con que se ejerzan.

Prefiero el “sentir con la Iglesia”

Quien no adhiere a una doctrina no declarada como revelada, no se aparta de la comunidad de la Iglesia, pero  puede ser imprudente, puede uno correr riesgos, si no acepta el pensamiento declarado como pensamiento oficial de la Iglesia, a no ser que se trate de expertos, que con la ayuda de la oración, traten precisamente de encontrar las cosas nuevas y viejas en aquello que sea discutible, y colaboren así en el desarrollo de la doctrina. Yo creo que los fieles comunes y corrientes, no debemos tener un enfoque puramente legalista, tacaño; eso es como preguntarnos hasta dónde puedo llegar sin caer muy hondo. El ejemplo de obediencia nos lo dio Jesús: hasta la muerte y muerte de cruz (Flp, 2,8; Heb 5,8). Ese es mi pensamiento, ustedes pueden seguir a otros mejor informados. Yo prefiero tener como guía el sentir con la Iglesia.

 

Autoridad de los documentos sociales de la Iglesia

 

En este punto nos podemos preguntar cuál es la autoridad de los documentos sociales de la Iglesia.

En el Nº 8, el Compendio nos advierte que convendrá tener presente  que las citas de los textos del Magisterio, pertenecen a documentos de diversa autoridad. Junto a los documentos conciliares y a las encíclicas, figuran…por ejemplo, discursos de los Pontífices o documentos elaborados por las Congregaciones de la Santa Sede.

Dice el Compendio: Como es sabido, pero parece oportuno subrayarlo, el lector debe ser consciente de que se trata de diferentes grados de enseñanza. El documento, que se limita a ofrecer una exposición de las líneas fundamentales de la doctrina social, deja a las Conferencias Episcopales la responsabilidad de hacer las oportunas aplicaciones / requeridas por las diversas situaciones locales.

Vemos aquí la importancia de las enseñanzas de la Conferencia episcopal de nuestro país y las de las Conferencias continentales, como Medellín, Puebla, Santo Domingo, Aparecida. Esas Conferencias no descienden a la práctica particular por regiones; la aplicación de la doctrina general a las situaciones locales, es tarea de las Conferencias Episcopales de cada país. 

 

No todo tiene igual valor

 

Recordemos el criterio sobre la autoridad de los diversos documentos de la D.S.I., como nos lo explicó en algún momento, el P. Alberto Ramírez, teólogo de la Universidad Pontificia Bolivariana:

(…) en el caso de los documentos del Magisterio no todo tiene
igual valor ni es vinculante
(es decir obligatorio), en el mismo sentido. Los documentos que producen los organismos por medio de los cuales el Papa orienta a la comunidad cristiana, como es el caso del Compendio de la D.S.I, aunque no son dogmáticos en un sentido estricto, constituyen el pensamiento oficial del Magisterio de la Iglesia. Podemos pues decir, que el Compendio de la D.S.I.- el libro que nos guía en nuestro estudio, – contiene la doctrina oficial de la Iglesia. El criterio que tenemos para valorar estos documentos / es que deben ser tenidos en cuenta como el criterio más seguro para formarse los juicios de conciencia.

A este respecto, el P. Ramírez recordaba lo que sucedió con la llamada Nota Previa Explicativa que se añadió a la Constitución Lumen Gentium, por voluntad del Papa Pablo VI, ante la pregunta por el valor de los documentos del Concilio ( recordemos que Juan XXIII había decidido que no hubiera dogmas en el Concilio): según esa Nota Explicativa, aunque lo que se propone en la Constitución no son dogmas de fe, se trata de una doctrina que debe ser acogida con asentimiento sincero de inteligencia y de voluntad porque se trata de una doctrina que asegura la comunión de la Iglesia y es una orientación segura para la conciencia de los fieles (en el caso por ejemplo de comportamientos morales).

 

 El diálogo ayuda a la Iglesia a comprender mejor sus enseñanzas

 

Tengamos presente este criterio tan importante, sobre la aceptación nuestra, como miembros de la Iglesia católica, de las enseñanzas del Santo Padre y los Obispos, cuando nos enseñan sin la intención de proponernos una doctrina definitiva, porque es  valioso que haya principios firmes y claros: eso no significa que siempre debamos esperar del Magisterio de la Iglesia una orientación excesivamente radical, menos aún desde el Concilio Vaticano II, cuando la Iglesia se presentó en diálogo con el mundo. El diálogo ayuda a la Iglesia a comprender mejor sus enseñanzas, a presentarlas de manera más persuasiva y a aplicarlas de manera pastoral.[6]

Repitamos el criterio sobre el acatamiento al pensamiento oficial de la Iglesia:

Los documentos del Magisterio ordinario, aunque no son dogmáticos en un sentido estricto, constituyen el pensamiento oficial del Magisterio de la Iglesia. El criterio que tenemos para valorar estos documentos / es que deben ser tenidos en cuenta como el criterio más seguro para formarse los juicios de conciencia.

Como en nuestra época nos toca oír a teólogos católicos que se pronuncian no sólo sobre doctrinas no definidas, sino hasta sobre dogmas, tengamos claro que, lo que ya está definido como revelado exige de nosotros, fieles católicos, una aceptación absoluta. Cuando no se trate de doctrinas declaradas de fe, por el Magisterio, es muy seguro el criterio expresado más arriba: aunque una enseñanza del Magisterio no sea dogmática en un sentido estricto, sí constituye el pensamiento oficial del Magisterio de la Iglesia, y por lo tanto contiene la doctrina oficial de la Iglesia, debe ser tenida en cuenta como el criterio más seguro para formarse los juicios de conciencia.

Asegurar la comunión, la unidad de la Iglesia

 

Cuando se trate de enseñanzas oficiales de la Iglesia, aunque el Magisterio no las presente como de obligatoria aceptación, deben ser acogidas con asentimiento sincero de inteligencia y de voluntad, porque se trata de doctrinas que aseguran la comunión de la Iglesia, la unidad de la Iglesia, y son una orientación segura para las decisiones que debamos tomar en conciencia,  en el caso por ejemplo de comportamientos morales.

In necesariis unitas, in dubiis libertas, in omnibus caritas

No es un asunto fácil. Es fácil cuando se trata de dogmas. Allí no cabe discusión. Cuando se trate de una doctrina oficial, le debemos asentimiento sincero de inteligencia y de voluntad. En el caso de enseñanzas abiertas, no definidas ni declaradas como doctrina oficial de la Iglesia, no podemos ser extremistas que no aceptemos el diálogo, porque ese no es el sentir de la Iglesia. En la Nota explicativa, que se encuentra al final de la Lumen Gentium se mencionan cuestiones que se dejan a la discusión de los teólogos. En todo caso es muy sabia aquella frase que se atribuye a varios autores, entre ellos a San Agustín: In necesariis unitas, in dubiis libertas, in ómnibus caritas, que quiere decir que, en lo esencial o en lo necesario, conservemos la unidad; en los asuntos dudosos, tengamos libertad y siempre practiquemos la caridad.

Las enseñanzas del Sumo Pontífice no son las de un especialista más; sus enseñanzas tienen para los católicos un valor especial, fundado en la misión que a San Pedro y a sus sucesores confió el Señor, y que le garantiza una gracia particular, que lo acompaña siempre que actúa como cabeza de la Iglesia.

 

Una reflexión de la Iglesia

 

Si pensamos en los Papas del siglo XX, los cercanos a nosotros por la época, en Juan Pablo II, que gobernó a la Iglesia como puente entre los siglos XX y XXI y en Benedicto XVI,  podemos observar que en todas sus intervenciones, se trate de los mensajes cortos después del rezo del Ángelus, de las catequesis en las audiencias generales, de los mensajes radiofónicos y discursos de Pío XII o de otros documentos más solemnes como las encíclicas, – en todos esos documentos – se observa fácilmente que contienen una profunda reflexión de la Iglesia sobre los principios, valores y virtudes evangélicas que, tanto en el pasado como en nuestros días deben regir la vida del seguidor de Jesucristo.

En esas reflexiones de la Iglesia, a través del Magisterio, que ofrece su respuesta a las necesidades de la sociedad en cada época, se observa la continua asistencia del Espíritu Santo, que no permite el cambio de la doctrina según pareceres individuales, que están a merced de corrientes intelectuales transitorias. La guía del Espíritu Santo no permite una ruptura en la doctrina, según se va enseñando, y en esa enseñanza, considera la dignidad del hombre en sus dimensiones individual y social y su vocación trascedente.

El medio de comunicación más utilizado, aunque no el único, para presentar de manera solemne la Doctrina Social de la Iglesia ha sido el de las Encíclicas. Sobre ese tema nos detendremos la semana entrante.

 

Fernando Díaz del Castillo Z.

reflexionesdsi@gmail.com


[1] Cf. León XIII, Carta enc. Rerum novarum: Acta Leonis XIII, 11 (1892) 97-144.

[2] Cf Doctrina Social de la Iglesia, manual abreviado, Juan Souto Coelho, (coord.),  BAC, Fundación Pablo VI, Madrid, 2002, Pg 7 y siguientes.

[3] Cf AAS 42, 768ss; Denz 2333 (3903),

WEB,  http://ar.geocities.com/magisterio_iglesia/pio_12/munificentissimus.html

[4] Además del libro de la BAC arriba citado, Cf Gerald O’Collins, S.J., Edgard G. Farrugia, S.J., Diccionario abreviado de teología, Editorial Verbo Divino, Denzinger/Hünerman, 3074-75.  Catecismo de la Iglesia Católica, 891

[5] Cf Gerald O’Collins, S.J., Edward C. Farrugia, S.J., Diccionario abreviado de teología, Editorial Verbo Divino.

[6] Cf  revista AMÉRICA,  junio 22, 2009,  en su editorial  Community of Disciples: The dialogue, as Cardinal Dulles noted ( “Models of the Church”),  enables the Church “to understand its techings better, to present it more persuasively and to implement it in a pastoral way”.