Reflexión 250 La objeción de conciencia II, junio 20, 2013

 

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Distinción entre conciencia psicológica y conciencia moral

 

La reflexión pasada la dedicamos a estudiar la objeción de conciencia. Comenzamos por comprender en qué consiste la conciencia, teniendo en cuenta lo que el Catecismo de la Iglesia Católica nos enseña sobre la conciencia moral. Aprendimos que hay que distinguir el término conciencia moral del de conciencia psicológica; este último es el acto de darse cuenta, como cuando uno dice que alguien está consciente o inconsciente o que se golpeó la cabeza y perdió la conciencia. También la conciencia psicológica es el acto de darse uno cuenta de quién es, de conocerse, de conocer sus atributos, que es una propiedad de la persona humana. Esta propiedad, de la conciencia psicológica, no la tienen los animales.


La conciencia moral es en cambio “el conocimiento interior del bien y del mal”, como la define el diccionario. El Catecismo ahonda en la explicación de conciencia moral. Volvamos a ver lo que nos dice este libro clave en nuestra doctrina católica.

Describe así el Catecismo lo que es la conciencia moral, (1776), tomándolo de la Constitución Gaudium et spes (16):

 

“En lo más profundo de su conciencia el hombre descubre una ley que él no se da a sí mismo, sino a la que debe obedecer y cuya voz resuena, cuando es necesario, en los oídos de su corazón, llamándole siempre a amar y a hacer el bien y a evitar el mal […]. El hombre tiene una ley inscrita por Dios en su corazón […]. La conciencia es el núcleo más secreto y el sagrario del hombre, en el que está solo con Dios, cuya voz resuena en lo más íntimo de ella”

 

De manera que la conciencia moral es una voz interior, una orden que internamente oímos y nos convoca a amar el bien, es decir, a practicarlo, y a evitar el mal. Esa voz aprueba nuestras acciones cuando son buenas, y denuncia, nos hace sentir  incómodos con nosotros mismos, cuando no atendemos esa orden interior. Más adelante el Catecismo dice que la persona prudente, cuando escucha la voz de la conciencia puede oír a Dios que le habla. Es decir que después de obrar, cuando escogemos lo que está bien, Dios nos hace sentir la tranquilidad de quien obra bien. Quien por el contrario hace el mal, contra lo que oye decir a su conciencia, va a sentir eso que llamamos remordimiento. El origen de la conciencia moral es entonces Dios que inscribió una ley en nuestro corazón. Esa voz interior nace con nosotros y es íntima, secreta; solo cada uno tiene acceso a ella.

 La conciencia moral: un juicio de la razón

 

Nos aclara el Catecismo esta explicación en el N° 1778; creo que leerlo nos ayuda a entender cómo se lleva a cabo ese proceso para llegar a juzgar si una acción es buena o es mala:

 

“La conciencia moral es un juicio de la razón por el que la persona humana reconoce la cualidad moral de un acto concreto que piensa hacer, está haciendo o ha hecho. En todo lo que dice y hace, el hombre está obligado a seguir fielmente lo que sabe que es justo y recto. Mediante el dictamen de su conciencia el hombre percibe y reconoce las prescripciones de la ley divina”.

 

En pocas palabras, vemos que la corta explicación del diccionario es acertada: la conciencia moral es el conocimiento interior del bien y del mal.

 

Entendido  lo que es la conciencia moral, lo que nos proponemos en esta reflexión es que, como católicos, tengamos claridad sobre el derecho constitucional y legal a la objeción de conciencia que tenemos como ciudadanos. Recordemos que este derecho se encuentra en el art. 18 de la Constitución, entre los derechos fundamentales, y dice: Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.

De manera que, como ciudadanos, la Constitución garantiza que nadie nos puede molestar en razón de nuestras creencias ni nos pueden obligar algo contra nuestra conciencia. No estamos obligados a actuar contra nuestra conciencia. Lo cual significa que, si una ley nos ordenara  una acción que en conciencia juzgamos que sería una acción mala, no la debemos obedecer, y no por capricho, no pretendemos algo ilegal, nos lo permite la Constitución, y debemos estar preparados para defendernos cuando nos atacan. Los que nos atacan pretenden utilizar argumentos legales y filosóficos.

El artículo del doctor Moisés Wasserman, por ejemplo (El Tiempo, junio 2, 2013,Pg. 10), parece   pretender dejar sin piso los argumentos éticos del Procurador General de la nación. El doctor Wasserman termina su escrito con estas palabras: “Creo que el Procurador está confundiendo objeción de conciencia con desobediencia civil. La primera es un acto individual e íntimo; la segunda, un hecho político”.  Trataremos de comprender que el doctor Wasserman se equivoca en esta oportunidad; pues el Procurador ha dado muestras de saber muy bien de qué habla.

Agradezco la ayuda de Gabriel Esteban Rodríguez Escandón, abogado conocedor de este tema, defensor de la vida, quien ha ahondado en la comprensión de la objeción de conciencia y me dio acceso a su material personal.

 En el corazón de las decisiones, la conciencia

 

Una vez comprendido lo que es la conciencia moral, que es en pocas palabras, el conocimiento del bien y del mal, y que defiende nuestra Constitución, entremos a estudiar la objeción de conciencia.

La conciencia está en el corazón de las tomas de decisiones. Nadie decide algo sin que se dé cuenta de que lo que va a hacer  está o no de acuerdo con lo que la conciencia le dice que está bien o está mal. Si una persona tiene su conciencia bien formada, su conducta  en general se ajustará a ese juicio: hará el bien y evitará el mal.

Como ciudadanos nos podemos encontrar con que una norma, una ley, nos ordena hacer algo que nuestra conciencia nos dice que obedecer a esa norma sería cometer un acto malo; en ese caso, podemos juzgar que esa ley es injusta, puede ser por diversas razones, por ejemplo, porque el cumplirla no favorece al bien común o porque viola los valores de los ciudadanos a quienes se pretende imponer.

La fe, una luz y una fuerza formidable

 

Quienes han defendido, aun con su propia vida, su derecho a la objeción de conciencia, quienes se han resistido históricamente a obedecer leyes injustas, han sido en muchos casos los seguidores de una fe religiosa. La enseñanza la encontramos  para la tradición judía en el Libro II de los Macabeos (hacia el año 170 a.C., Cap. 7),  que presenta el martirio de siete hermanos y de su madre, que prefirieron morir antes que desobedecer a Dios.

Los hechos de los Apóstoles dejaron constancia de las valientes respuestas de los Apóstoles a las autoridades judías que les prohibieron hablar y enseñar en nombre de Jesús: Juzguen ustedes si es correcto a los ojos de Dios que les obedezcamos a ustedes antes que a él. Júzguenlo. Nosotros no podemos callar lo que hemos visto y oído (4,19-20);   y Pedro y los apóstoles les replicaron en otra oportunidad (5.29): Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres.

Esta reflexión la presentamos el 20 de junio,  el día de San Juan Fisher, mártir por defender la fe en la persecución del rey Enrique VIII de Inglaterra. Hombre muy importante, arzobispo y cardenal de la Iglesia, Juan Fisher fue además profesor y canciller de la universidad de Cambridge. ¿Por qué lo condenaron a muerte? Porque se negó a firmar el juramento al rey, quien pretendía declararse cabeza de la Iglesia en Inglaterra. Su respuesta a quienes trataron de convencerlo de prestar el juramento fue: “Mi respuesta es que, ya que mi propia conciencia no puede estar satisfecha, yo absolutamente rehúso el juramento. No condeno la conciencia de ningún otro. Sus conciencias podrán salvarles, y la mía debe salvarme”.

En Abril del 1534, después de 15 meses de prisión en la Torre de Londres fue llevado a juicio, lo acusaron de traición por negar la autoridad del rey sobre la Iglesia y lo declararon culpable. Era un hombre extraordinario, dicen que algunos jueces lloraban cuando lo condenaron a muerte el 17 de junio de 1535. Del momento de su ejecución escribieron:

Fue cortés con los guardias a quienes agradeció sus atenciones. Pedía a la gente que rezaran por él para que fuese valiente. Llevaba un pequeño Nuevo Testamento del cual leyó a la puerta de la Torre estas palabras: “Esta es la vida eterna: que te conozcan a ti, el único Dios verdadero, y al que tú has enviado, Jesucristo. Yo te he glorificado en la tierra, llevando a cabo la obra que me encomendaste realizar. Ahora, Padre, glorifícame tú, junto a ti, con la gloria que tenía a tu lado antes que el mundo fuese.” (Juan 17,3-5). Cerrando el libro dijo: “Aquí hay instrucción suficiente para el resto de mi vida”.

Junto al verdugo dijo: “Voy a morir por Jesucristo y por la Iglesia Católica. Con mi muerte quiero dar testimonio del Papa como jefe único de la Iglesia. Hasta el cielo… hijos…” Sus últimas palabras fueron del salmo 31: “En ti Señor, he puesto mi confianza”.  Con total dominio de sí mismo y con gran paz se dispuso al martirio. Fue decapitado con un hacha. Era el 22 de Junio de 1535. (www.corazones.org)

 

                                                                                                             Thomas More                                                                                                                  San Juan Fisher                                                      Santo Tomás Moro

        

 Ya hemos comentado antes el martirio de Santo Tomás Moro, canciller del reino, consejero de Enrique VIII, quien prefirió a Dios antes que seguir una ley injusta y fue otro mártir de la objeción de conciencia. Es el patrono de los católicos que se dedican a la política.

Hoy las autoridades no condenan a la muerte física a los defensores de la verdad como en otros tiempos y en otros países, pero se persigue y se pretende condenar a la muerte política o pública a quienes no aceptan algunas leyes como la del aborto. Es una moderna condena a muerte que ejecutan algunos poderosos medios de comunicación, autoridades y también jueces. 
 Los ejemplos de valientes defensores del derecho a la objeción de conciencia, inclusive con la ofrenda de su vida, nos enseñan que las personas de fe tienen una poderosa motivación y una fuerza superior para esa firmeza; sin embargo debe quedar claro que los fundamentos del derecho a la objeción de conciencia son de naturaleza ética y también se pueden comprender y sostener  por los no creyentes.

 

Sin embargo, no hay duda de que la solidez de las convicciones religiosas son garantía de que la objeción de conciencia de los creyentes no son simples caprichos ni arbitrariedades. Esto es importante, porque la Corte Constitucional señala que las creencias o convicciones que son objeto de protección constitucional, como sería el respetar la objeción de conciencia, deben ser profundas, fijas y sinceras y presenta como ejemplo de lo contrario, el caso de algún objetor de conciencia al servicio militar, que ponga como argumento el ser contrario a la violencia, cuando en su vida corriente muestra un comportamiento no pacífico (C-728 de 2009, MP Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

 

Si recordamos el caso del Beato Franz Jägerstätter, condenado a muerte por negarse a combatir en el ejército nazi, podemos comprender de qué se habla cuando se pide en el objetor de conciencia unas convicciones profundas, fijas y sinceras (Cfr en este blog, Reflexión 246).

 

Esta consideración me permite pensar que el médico católico que se niegue a practicar un aborto, cuando se lo exija un hospital, debe tener unas convicciones muy profundas y sinceras. De lo contrario se prestaría sin dificultad a ese acto. Una conciencia bien formada sin embargo, le cobraría esa debilidad. Naturalmente, un médico no creyente será firme en negarse a practicar un aborto si desde el punto de vista ético lo considera malo. De todos modos su convicción debe ser igualmente firme, para no ceder ante las presiones.

 

Las implicaciones de la posición de la Corte, deja campo para que el legislador o el juez, según de qué se trate, pondere con cuidado en qué casos negarse a cumplir con una orden de la ley se debe proteger por el derecho a la objeción de conciencia y cuándo no. Tengamos presente que existen diversas objeciones de conciencia y no todas son iguales. Por ejemplo, solo cito dos casos, la negativa a prestar el servicio militar por razones religiosas y el negarse a recibir transfusiones de sangre por razones parecidas. En esos casos puede la autoridad considerar si la aceptación de esa objeción de conciencia está limitada por los derechos de otras personas que se vulnerarían por aceptar la negativa del objetor de conciencia como las necesidades del orden público, que puede ser el bien común, la salubridad, la seguridad de la comunidad, etc.

 

Vemos que los jueces y legisladores tienen la tarea de resolver cada caso, pues hay variedad de fundamentos en que se basan los objetores de conciencia. Nosotros pensamos sobre todo en las objeciones de conciencia a practicar el aborto, la eutanasia; ahora surge la posible negativa de notarios o jueces a presenciar “matrimonios” entre personas del mismo sexo.

 

Dejemos claro que como seres libres, las personas humanas tienen la capacidad de actuar contra los dictados de su conciencia, pero no parece coherente, racional, reconocer cuando se analiza la situación cuál es el deber moral y sin embargo obrar en su contra. Los seres humanos fallamos por flojera, por temores, por ambición, por codicia, por falta de convicciones serias. Así a veces ofrecimientos económicos son causa de sentencias injustas.
Pidamos por nuestros jueces y legisladores para que en situaciones de responsabilidad como las que hemos visto, tengan la luz y la fuerza de la gracia que les ayude a tomar decisiones justas. En nuestro país tenemos ejemplos de valentía de personas que han seguido los dictados de su conciencia sin dejarse conquistar por halagos políticos o económicos, a sabiendas de que su rectitud les podría costar la vida. Todos conocemos ejemplos, por ejemplo, de víctimas del narcotráfico.
 
La fuerza de las razones éticas y morales es inmensa; para quien está claramente decidido a respetarlas, las justificaciones para obrar contra ellas son débiles, así seduzcan a otros fácilmente. Hoy puede darse el caso de amenazas de despojar del trabajo a médicos que se nieguen a practicar abortos y no es una amenaza cualquiera en situaciones de escasez de puestos de trabajo o amenazas de estancamiento en la carrera de jueces, de magistrados y ahora, quizás de notarios.  
Este tema da para largo; seguiremos dentro de una semana,  Dios mediante